[ad_1]
La Junta de andalucía Ha prohibido festivales, festivales y romerías, así como otras actividades festivas populares o tradicionales en aquellos municipios que registran niveles de alerta sanitaria 3 y 4, mientras no los recomienda en quienes están en nivel de alerta 1 y 2 y mientras continúe la situación epidemiológica actual.
Así es como el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), publicado el pasado viernes y consultado por Europa Press, que también señala que Espectáculos taurinos y fiestas taurinas populares Podrán realizar su actividad siempre que cuenten con asientos preasignados y numerados, y se garantizará en todo momento que las personas que asistan al espectáculo permanecerán sentadas y provistas de su correspondiente máscara protectora.
El movimiento de personas por el recinto deberá organizarse de tal forma que se respete la distancia de seguridad interpersonal y no se permitirá la venta de bebidas o alimentos de forma itinerante dentro de las instalaciones o su consumo fuera de los lugares designados, excepto agua embotellada. permitido.
En El nivel de alerta de salud 1 no puede exceder un máximo del 60% de la capacidad autorizada., aunque no se recomienda la celebración de fiestas taurinas populares. La agrupación de espectadores podrá ser facilitada hasta un máximo de 6 personas y habrá al menos un lugar que no se utilizará, tanto en primera fila como en última fila y a ambos lados del grupo.
En El nivel de alerta de salud 2 no se puede exceder el límite del 50% del aforo permitido aunque no se recomiendan las fiestas taurinas populares. Y, al igual que en el nivel 1, se facilitará la agrupación de espectadores hasta un máximo de 6 personas, manteniendo las mismas precauciones.
En nivel de alerta de salud 3, no se puede exceder el límite del 40% de la capacidad permitida y no se podrán realizar fiestas taurinas populares. Los asientos asignados deberán mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros con respecto a las personas que ocupen asientos contiguos en la misma fila del tendido o asiento y los asientos inmediatamente antes o después de cada fila de tendido o asientos no podrán ser ocupados. Por su parte, en el nivel 4 de alerta sanitaria no podrá haber espectadores en la plaza y no podrán celebrarse fiestas taurinas populares.
CAZA PERMITIDA EN TODOS LOS NIVELES DE ALERTA
La BOJA permite la actividad cinegética en los cuatro niveles de alerta «siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal y se utilice la máscara, salvo que la naturaleza de la actividad no haga compatible su uso».
Cuando se trate de más de un cazador, el responsable deberá disponer de un plan de actuación con medidas de prevención e higiene, el cual deberá ser conocido previamente por todas las personas participantes y deberá presentarse, en su caso, junto con la correspondiente solicitud de autorización de caza.
Las condiciones llegan cuando algún tipo de servicio de hotel y restaurante. En el nivel de alerta 1, la capacidad será del 85% con un máximo de 150 personas adentro y 200 afuera, con diez personas por mesa. En el nivel de alerta 2, está restringido al 75%, con un máximo de cien personas en el interior y 150 en el exterior. El servicio de mesa será para un máximo de ocho personas.
En el nivel de alerta 3, la capacidad se limita un poco más, hasta un 50% en el caso de desarrollar algún tipo de servicio de hotel y restaurante, con un máximo de 50 personas en el interior y 75 en el exterior. El servicio de mesa será para un máximo de seis personas. En cuanto al nivel de alerta 4, la capacidad se reduce al 30 por ciento, con un máximo de 30 personas en interiores y 50 en exteriores. El servicio de mesa será para un máximo de seis personas.
ALBERGUE
En cuanto a los establecimientos de hostelería, la BOJA establece que el consumo tanto en el exterior como en el interior del local se hará sentado a la mesa, manteniendo una distancia de seguridad de 1,5 metros entre ellos. El cierre será a las 24.00 horas.
En nivel de alerta de salud 1No podrán superar el 75% de la capacidad máxima de consumo interior, mientras que las terrazas podrán ocupar todas las mesas. Las mesas tendrán un límite de ocho personas en el interior y diez personas en el exterior, se permite el servicio de bar y el servicio de consumo y buffet.
En alerta de salud 2No podrán superar el 75% de la capacidad máxima en interior, mientras que en las terrazas se disponen las mismas condiciones que en el nivel 1. Las mesas tendrán un límite de seis personas en el interior y ocho en el exterior. Se permite el servicio y consumo de bar con la distancia establecida y servicio buffet.
Respeto al nivel 3No podrán superar el 50% de la capacidad máxima de consumo en interior, mientras que las terrazas mantienen las condiciones de los niveles anteriores. Las mesas tendrán un límite de cuatro personas en el interior y seis personas en el exterior. Se permite servicio y consumo de bar con la distancia establecida, y servicio buffet.
En el nivel de alerta de salud 4No podrán superar el 30% de la capacidad máxima de consumo interior, pero en este caso, las terrazas exteriores podrán ocupar el 75% de las mesas permitidas. Las mesas tendrán un límite de cuatro personas en el interior y seis personas en el exterior. Está prohibido el consumo de bar y el servicio de buffet.
SALAS DE CELEBRACION
En los salones de celebración se aplicarán las medidas generales de higiene y prevención para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería contemplados en este orden. El horario de cierre de estos establecimientos será a las 02.00 horas.
En el nivel 1Los salones interiores deben respetar un máximo del 75% de su capacidad en mesas o grupos de mesas y, en todo caso, un máximo de 300 personas en espacios cerrados. Las mesas tendrán un límite de ocho personas en el interior. En el exterior, todas las mesas pueden estar ocupadas y en todo caso se debe respetar un máximo de 500 personas. Las mesas tendrán un límite de diez personas al aire libre. Se permitirá el servicio y consumo de bar con el servicio a distancia y buffet establecido. También se permitirán actuaciones musicales de pequeño formato, permitiendo en los espacios exteriores, la actividad de baile con el uso de una máscara.
En el Nivel 2En interior, deberán respetar un máximo del 75% de su capacidad de asientos en mesas y, en todo caso, un máximo de 200 personas en espacios cerrados. Las mesas tendrán un límite de seis personas en el interior. En el exterior, las zonas exteriores de los salones de celebración podrán ocupar todas las mesas y, en todo caso, un máximo de 400 personas. Las mesas tendrán un límite de ocho personas al aire libre. Se permitirá servicio y consumo de bar, servicio buffet y actuaciones musicales de pequeño formato.
En el nivel de alerta de salud 3En interior, deberán respetar un máximo del 50% de su capacidad de asientos en mesas y, en todo caso, un máximo de cien personas en espacios cerrados. Las mesas tendrán un límite de cuatro personas en el interior. Se mantienen las condiciones al aire libre, pero con un límite de seis personas por mesa al aire libre. Se permitirá la conmoción cerebral en el bar y buffet, pero no se permitirán actuaciones musicales o bailes.
En el nivel de alerta 4En interior, la capacidad máxima será el 30% de la capacidad de la mesa y, en todo caso, un máximo de 50 personas, con un máximo de cuatro personas. En exterior, se debe respetar un máximo del 50% de su capacidad y, en todo caso, un máximo de 75 personas. Las mesas tendrán un límite de seis personas al aire libre. No se permitirá el servicio ni consumo de bar, servicio buffet, actuaciones musicales, ni actividades de baile.
[ad_2]
Accede a la Noticia